BECAS Y AYUDAS PARA ALUMNOS CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO

01.08.2015 16:04

El Ministerio de Educación viene publicando desde hace varios años ayudas a aquellos alumnos/as que requieran de apoyo específico tanto psicoeducativo como de lenguaje. Hasta la convocatoria del curso 2014/2015 se recogia una modalidad de reeducación pedagógica o del lenguaje con una cuantia máxima de 913€.

EDUCATTE es compatible con la ayuda, ya que entendemos que hay familias que no puedan permitirse una intervención psicoeducativa y estas ayudas les faciliten el acceso a sus hijos e hijas a recursos adecuados a sus necesidades.

**AÚN NO HAN SALIDO LAS BECAS PARA EL CURSO 2015/2016

El Ministerio establece tres tipos de ayudas: AYUDAS DIRECTAS, SUBSIDIOS O AYUDAS COMPLEMENTARIAS. Os dejamos los requisitos necesarios para el curso 2014/2015 que pueden servir de guia para futuras convocatorias:

Podrán solicitar Ayudas Directas:
Los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno grave de conducta, incluyendo a los afectados por TDAH, y que cumplan las siguientes condiciones:

  • Acreditar una necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta por alguna de las siguientes vías:
    • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
    • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente
    • Certificado de minusvalía/discapacidad.
  • Haber cumplido los dos años de edad a 31 de diciembre de 2013. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
  • Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
  • Estar cursando estudios en alguno de los niveles de enseñanza:
    • Educación Infantil
    • Educación Primaria
    • Educación Secundaria Obligatoria
    • Distintas modalidades de Bachillerato
    • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
    • Enseñanzas artísticas profesionales (Música y Danza)
    • Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial
    • Formación Profesional Básica
    • Programas de formación para la transición a la vida adulta
  • Cumplir los requisitos económicos siguientes (para las ayudas directas y complementarias; no es necesario para los subsidios):

La convocatoria establece unos UMBRALES O LÍMITES DE RENTA percibida por todos los miembros de la unidad familiar del solicitante en el ejercicio fiscal de 2013, que no deben ser superados para tener derecho a beca. 
Los límites son los siguientes:

  • Familias de 1 miembro 11.937,00 €
  • Familias de 2 miembros 19.444,00 €
  • Familias de 3 miembros 25.534,00 €
  • Familias de 4 miembros 30.287,00 €
  • Familias de 5 miembros 34.370,00 €
  • Familias de 6 miembros 38.313,00 €
  • Familias de 7 miembros 42.041,00 €
  • Familias de 8 miembros 45.744,00 €

 Aunque se reúnan los requisitos de renta, no podrá concederse beca si se superan los siguientes límites, que se consideran indicativos de la posesión de patrimonio:

  • Si se poseen FINCAS URBANAS por valor catastral superior a 42.900,00 Euros, excluida la vivienda habitual. El valor catastral de la vivienda se multiplicará por el coeficiente reductor que corresponda en cada caso, según se indica en la convocatoria.
  • Si se poseen FINCAS RÚSTICAS por un valor catastral superior a 13.130,00 € por cada miembro computable de la unidad familiar.
  • Si los RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO /GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES obtenidos por todos los miembros computables en conjunto superan los 1.700,00 €.
  • Se denegará la beca cuando las ACTIVIDADES ECONÓMICAS de que sean titulares los miembros computables de la familia tengan un valor de facturación, en el ejercicio anterior, superior a 155.500,00 €.

La renta de la unidad familiar se comprueba por parte de la Administración Educativa solicitando la información a la Administración Tributaria y se calcula de acuerdo con las fórmulas que desarrolla la convocatoria.

  • A la renta obtenida por la unidad familiar se le aplicarán las siguientes deducciones:
    • El 50% de los ingresos aportados por otros miembros que no sean los sustentadores principales (p. ejm., hermanos, abuelos, etc.)
    • 2.000 € cuando el solicitante pertenezca a una familia numerosa.
    • 4.000 € por el solicitante y otro tanto por cada uno de sus hermanos, si estuvieran afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 33 %
    • 1.176,00 € por cada hermano del solicitante menor de 25 años, que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar, cuando sean dos o más los estudiantes que residan fuera del domicilio familiar por razón de estudios universitarios.
    • Se incrementará en un 20% el umbral de renta cuando el solicitante sea huérfano absoluto y menor de 25 años.

Estas circunstancias deberán concurrir a 31 de diciembre de 2013.

Podrán solicitar Subsidios:
Los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastorno grave de conducta, incluyendo a los afectados por TDAH, y que cumplan las siguientes condiciones (no hay requisitos económicos):

  • Ser miembro de FAMILIA NUMEROSA de cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente.
  • Acreditar una necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta por alguna de las siguientes vías:
    • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
    • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente
    • Certificado de minusvalía/discapacidad.
  • Haber cumplido los dos años de edad a 31 de diciembre de 2013. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
  • Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
  • Estar cursando estudios en alguno de los niveles de enseñanza:
    • Educación Infantil
    • Educación Primaria
    • Educación Secundaria Obligatoria
    • Distintas modalidades de Bachillerato
    • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
    • Enseñanzas artísticas profesionales (Música y Danza)
    • Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial
    • Formación Profesional Básica
    • Programas de formación para la transición a la vida adulta

Podrán solicitar Ayudas complementarias:
Los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades que cumplan las siguientes condiciones

  • Presentar necesidad específica de apoyo educativo asociada a alta capacidad intelectual siempre que dicha necesidad haya sido acreditada mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.
  • Haber cumplido los seis años de edad antes del 31 de diciembre de 2014.
  • Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
    • Educación Primaria
    • Educación Secundaria Obligatoria
    • Bachillerato
    • Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior
    • Enseñanzas artísticas profesionales
  • Cumplir los requisitos económicos siguientes:
  • La convocatoria establece unos UMBRALES O LÍMITES DE RENTA percibida por todos los miembros de la unidad familiar del solicitante en el ejercicio fiscal de 2013, que no deben ser superados para tener derecho a beca.
  • Los límites son los siguientes:
    • Familias de 1 miembro 11.937,00 €
    • Familias de 2 miembros 19.444,00 €
    • Familias de 3 miembros 25.534,00 €
    • Familias de 4 miembros 30.287,00 €
    • Familias de 5 miembros 34.370,00 €
    • Familias de 6 miembros 38.313,00 €
    • Familias de 7 miembros 42.041,00 €
    • Familias de 8 miembros 45.744,00 €

Aunque se reúnan los requisitos de renta, no podrá concederse beca si se superan los siguientes límites, que se consideran indicativos de la posesión de patrimonio:

1. Si se poseen FINCAS URBANAS por valor catastral superior a 42.900,00 Euros, excluida la vivienda habitual. El valor catastral de la vivienda se multiplicará por el coeficiente reductor que corresponda en cada caso, según se indica en la convocatoria.

2. Si se poseen FINCAS RÚSTICAS por un valor catastral superior a 13.130,00 € por cada miembro computable de la unidad familiar.

3. Si los RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO /GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES obtenidos por todos los miembros computables en conjunto superan los 1.700,00 €.

4. Se denegará la beca cuando las ACTIVIDADES ECONÓMICAS de que sean titulares los miembros computables de la familia tengan un valor de facturación, en el ejercicio anterior, superior a 155.500,00 €.

La renta de la unidad familiar se comprueba por parte de la Administración Educativa solicitando la información a la Administración Tributaria y se calcula de acuerdo con las fórmulas que desarrolla la convocatoria. A la renta obtenida por la unidad familiar se le practicarán las siguientes deducciones:

  • 50% de los ingresos aportados por otros miembros que no sean los sustentadores principales
  • 2.000 € cuando el solicitante pertenezca a una familia numerosa.
  • 4.000 € por el solicitante y otro tanto por cada uno de sus hermanos, si estuvieran afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 33 %
  • 1.176,00 € por cada hermano del solicitante menor de 25 años, que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar, cuando sean dos o más los estudiantes que residan fuera del domicilio familiar por razón de estudios universitarios. 
  • Se incrementará en un 20% el umbral de renta cuando el solicitante sea huérfano absoluto y menor de 25 años.

Estas circunstancias deberán concurrir a 31 de diciembre de 2013.

 

más información en: https://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo-servicios/becas-ayudas-subvenciones/para-estudiar/primaria-secundaria/beca-necesidad-especifica.html#pg1

 

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